Esto se debe a que, además del impuesto PAIS -que representa un 30% sobre la cotización oficial del billete-, tendremos que pagar un 35% de percepción a cuenta de Ganancias. Los consumos realizados en dólares hasta el 15 de septiembre no pagarán este anticipo, si los pagos ya están reflejados como efectuados en moneda estadounidense por las tarjetas de crédito. Los que se hagan desde el 16 de septiembre ya abonarán la percepción.
Esta retención por la compra de dólares o consumos en moneda extranjera se hará por cada operación. Cuando termine el año fiscal -a mediados de 2021-, las personas podrán solicitar la devolución de ese importe. En el caso de quienes pagan Ganancias y Bienes Personales, el excedente de lo que tienen que pagar les será reintegrado. Monotributistas o personas que no pagan Ganancias ni Bienes Personales, deben hacer el trámite en la AFIP. El organismo recaudador les devolverá en la cuenta bancaria que tengan informada.
Además, los consumos en dólares con tarjetas de crédito se computarán dentro del cupo mensual de los u$s 200. Si una persona gasta u$s 100 con su tarjeta, le quedarán solo u$s 100 para poder acceder al dólar ahorro.
No habrá límites a los consumos en dólares. Pero todo lo consumido le restará al cupo de ahorro para los meses siguientes. Por ejemplo, si una persona pagó u$s 1.200 en consumos con su tarjeta de crédito en septiembre, estará imposibilitado de acceder al dólar "ahorro" por seis meses (US$ 200 por cada mes).
Todos los servicios nominados en dólares (Netflix, Spotify, suscripciones que se paguen a través de los sistemas de Apple, Google, o videojuegos) ocupan lugar en el cupo. Lo que se gaste a través de esas vías, se descontará de los US$ 200, según explicaron en el Banco Central.
El comunicado del Banco Central señala que "la iniciativa se propone mantener el cupo de 200 dólares mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera que realizan las personas humanas con fines de atesoramiento y gastos con tarjeta".
Por su parte, las empresas deberán renegociar con sus acreedores sus deudas en dólares. Las medidas apuntan a aquellas compañías que tienen vencimientos mensuales superiores a u$s 1 millón. De esta forma, ellas sólo podrán acceder al mercado oficial de cambios para afrontar hasta un 40% del capital adeudado. Para el 60% restante, deberán presentar un plan de reestructuración de sus pasivos al BCRA.
La autoridad monetaria dictaminó eliminar el parking para la compra de bonos en dólares, pero ampliarlo a 15 días para la compra de títulos en pesos. "El BCRA eliminará los plazos de tenencia mínima que afectaban a las operaciones de personas humanas para la adquisición de títulos valores con moneda extranjera y su posterior liquidación en moneda local", señala el BCRA.
Sin embargo, "la CNV pondrá en práctica una serie de requerimientos en vistas de favorecer la tramitación de operaciones financieras en el mercado local. En este sentido, elevará los plazos de tenencia que deberán respetar las transferencias receptoras de títulos valores desde el exterior para su liquidación en moneda local hasta los 15 días hábiles".
Finalmente, el Banco Central determinó la restricción del acceso al contado con liquidación para no residentes.