El Ministerio de Educación de la Nación y el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP) aprobaron el Protocolo Marco y los lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios una vez que la situación epidemiológica lo permita.
Dicho protocolo constituye un piso mínimo de requerimientos sobre los cuales cada institución podrá definir criterios específicos que se adapten a las particularidades de las actividades que realizan. También contiene los lineamientos generales que encuadran y complementan los objetivos sanitarios y de seguridad deseados.
Entre los lineamientos generales para la reapertura de clases presenciales, se destacan establecer criterios de implementación de protocolos en las universidades e institutos universitarios según la situación o fase epidemiológica que transita; generar en cada institución un plan en conjunto con la comunidad educativa para evaluar posibilidades de implementación.
Además, resguardar a los grupos más impactados por la pandemia a fin de disminuir desigualdades, profundizar el vínculo y la comunicación entre los sectores de salud, educación y desarrollo social como así también con los municipios para resolver problemas territoriales específicos, optimizar la infraestructura sanitaria en cada una de las casas de estudio y eliminar la realización de actividades masivas presenciales.
En este sentido, el uso del tapabocas será obligatorio en todo momento y en todos los espacios de la universidad, se les tomará la temperatura a todas las personas que entren al edificio, deberá haber puestos en las entradas y los espacios comunes que dispongan de los elementos sanitizantes como alcohol en gel, el distanciamiento social mínimo y obligatorio en las aulas será de 1,5 metros. La cantidad de alumnos por aula, dependerá de la superficie total.
Si hay un caso sospechoso, todos los compañeros y docentes del alumno dejarán de ir a la universidad hasta que se confirme o descarte la infección de COVID-19.