El Procurador consideró que pudo advertirse “prima facie” la falta de los deberes funcionales atinentes a su cargo como titular de la Fiscalía Penal N° 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, en orden a la violación de los deberes que surgen de la normativa constitucional referidas a la actuación del Ministerio Público Fiscal, las leyes que regulan la actuación fiscal y las resoluciones de la Procuración General. Y consideró que todo ello justifica, por su gravedad y complejidad, la promoción de la presente instancia disciplinaria.
Según consta en las actuaciones, el 9 de octubre pasado la Fiscalía Penal de Delitos contra la Integridad Sexual Nº 3 recibió un oficio del comandante de la V Brigada de Montaña del Ejército Argentino, coronel mayor Mariano Castelli, quien solicitó información sobre el estado procesal de la causa que tramita esa fiscalía, en la que un oficial se encuentra imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en perjuicio de su hijo. Lo requerido fue a los fines de mantener actualizada la situación del imputado ante la fuerza y la eventual asignación de destinos y tareas a su personal. Castelli mencionó también el tiempo transcurrido desde la radicación de la denuncia en contra del oficial en cuestión, de casi 1 año y 8 meses, y la necesidad de contar con una definición de su situación procesal.
El 14 de octubre, la Procuración General solicitó a la Fiscalía interviniente la remisión de las actuaciones, de las cuales surgieron que el 7 de febrero de 2019 la cónyuge del imputado radicó denuncia penal en contra de su pareja, por supuesto abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de su hijo menor, de 3 años. El hombre fue imputado al día siguiente, el 8 de febrero, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y la convivencia, y la Fiscalía solicitó al Juzgado de Garantías de 2° Nominación, el mantenimiento de detención del imputado.
El 19 de febrero, la Fiscalía requirió la prisión preventiva del imputado; el 22 su defensa técnica instó su sobreseimiento y fue rechazado. Pero el 27 de marzo, cuando la defensa requirió la libertad o el arresto domiciliario del acusado, el Juzgado de Garantías, le concedió el beneficio del arresto domiciliario y su incorporación al sistema U.A.D.M.E.
Luego, la nueva defensa técnica del imputado instó la aplicación de medidas sustitutivas, a lo cual se opuso la Fiscalía. El beneficio de medidas sustitutivas fue otorgado al militar el 20 de mayo y la Fiscal, consintió esa decisión judicial.
Posteriormente, el 8 de octubre de 2019, la denunciante volvió a presentarse ante la Fiscalía, donde manifestó que sus otros dos hijos menores, de 10 y 12 años, habrían sido abusados también por su padre. Ante los nuevos hechos denunciados y las diligencias probatorias realizadas con posterioridad, la Fiscal no arbitró medida procesal alguna.
En virtud de ello y de conformidad con el Reglamento General del Ministerio Público, es que el Procurador dispuso la apertura del sumario disciplinario, para corroborar la posible responsabilidad de la fiscal Cecilia Flores Toranzos en los hechos descriptos.