En una jornada especial en materia judicial ayer se dio a conocer el fallo de la ventilada causa de los narcopolicias. Tras una larga y agotadora jornada, cerca de las 21 el Tribunal colegiado salió al recinto para anunciar el veredicto: cinco condenas y cinco absoluciones fue en términos generales el veredico de la Sala VI en el Salón de Grandes Juicios.
En el debate público no se pudieron probar con grado de certeza varias de las imputaciones que habían sido requeridas por los fiscales Gabriela Buabse, en la etapa de instrucción, y por Santiago López Soto durante el juicio, con lo cual el grave delito de haber conformado una "asociación ilícita" quedó descartado.
Sandra Elizabeth Serrudo, de 49 años, fue condenada a la pena de cuatro años de ejecución efectiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Además, se le revocó la pena condicional de un año dictada en mayo de 2016 por tenencia simple de droga, con lo cual se le unificaron ambas condenas y deberá cumplir cinco años de prisión en la Unidad Carcelaria 4. Su hijo, Ezequiel Thiz, de 26 años, fue absuelto por el principio de la duda en el delito de tenencia de estupefacientes, quedando automáticamente en libertad.
Respecto a los uniformados que fueron llevados a juicio oral con graves acusaciones, de los ocho imputados cuatro fueron absueltos y otros cuatro condenados. El cabo Pedro Gustavo Carrizo se llevó la peor parte, en el marco de penas más bien livianas, tras ser condenado a seis años y seis meses de prisión efectiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por tratarse de un funcionario público y por violación de secretos. En ese sentido fue inhabilitado para ejercer cargos públicos por cuatro años. Carrizo que mantenía una relación sentimental con Serrudo, en la investigación se develaron varios audios entre ambos donde quedó expuesto el negocio ilegal del microtráfico.
Los otros tres policías condenados son Javier Costilla, Carlos Erazo y Rafael Siares, a quienes los jueces encontraron culpables de los delitos de tenencia simple de estupefaciente e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ordenaron su inmediata libertad al tiempo que se les impuso a los penados una serie de reglas que deberán cumplir, como fijar residencia y comunicar en caso de cambio, presentarse cada tres meses en el Juzgado, abtenerse de usar estupefacientes y consumir bebidas alcohólicas, entre otras restricciones, como la prohibición de salir del país sin autorización del Tribunal.
Absoluciones
Los policías beneficiados en la causa son Ricardo Enrique López, Sergio Eduardo López, Daniel Federico Visgarra y Noemí Nancy Bruna. Durante los alegatos la Fiscalía decidió no formular acusación en varias de las imputaciones por las que habían llegado a juicio. Entre las distintas absoluciones referidas a favor de los policías una sola fue por el principio de la duda. Fue Visgarra el beneficiado por dicho principio frente al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El resto de las absoluciones fueron todas, lisa y llanamente.
Fuente: El Tribuno