En el marco de la 1ª sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, que fue presidida por el vicepresidente Primero Mashur Lapad, se aprobaron los proyectos de régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes y de Promoción al "Arte Mural", que serán enviados a Diputados para su revisión.
Con respecto a la iniciativa enviada por la Corte de Justicia a fines de 2016, contenida en la Acordada N° 12.186, en el que se hacía notar que el actual procedimiento establecido por las normas vigentes resultaba insuficiente, la comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, decidió realizar cambios tras reunirse con los jueces de menores.
Entre los puntos principales del proyecto, se destaca que la defensa técnica de la niña, niño o adolescente podrá ser ejercida también por sus padres, tutores o guardadores, quienes actuarán autónomamente con patrocinio letrado obligatorio.
Además se establece que durante el proceso, se procurara que de ningún modo se haga comparecer a la niña, niño o adolescente junto a los mayores, ni tampoco que compartan en forma provisoria el lugar de alojamiento.
Al respecto, la senadora Silvina Abilés, señaló que "desde hace mucho tiempo se instauró un sistema diferenciado intentando hacer coordinar al régimen procesal penal de menores con los distintos Tratados y Convenciones Internacionales, Leyes y demás normativas que consagran los derechos y garantías de los Niños, para una efectiva y concreta protección de sus derechos".
En cuanto a la creación del régimen de Promoción al "Arte Mural", que tiene por finalidad incentivar el desarrollo de la cultura popular y el turismo en la provincia de Salta, el Senado recalcó que las obras deben integrar un sentido estético con el entorno y la arquitectura circundante. “Es fundamental que los murales se integren con los ambientes y con la arquitectura”, señalaron.
También consideraron que la autoridad de aplicación debe ser el Ministerio de Cultura y Turismo, en cuyo ámbito funcionará el Registro de Muralistas y el Registro de Espacios ofrecidos para Muralismo.
Cabe destacar que no podrán afectarse al presente régimen todos aquellos inmuebles integrantes del patrimonio arqueológico, paleontológico e histórico de la Provincia de Salta, ni aquellos que se encontraren bajo otro régimen de similares características.
Fuente: Informate Salta