Un día después del anuncio del presidente Mauricio Macri, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial los cambios en las Fuerzas Armadas, que dispone que los militares podrán asistir en seguridad interior, lo que estaba prohibido desde 2006. A través del decreto 683 se dispusieron cinco cambios en la resolución 727/06 y se derogó el 1691, que estaba firmado por Néstor Kirchner y que restringía la actuación de las Fuerzas Armadas.
En su anuncio del lunes en Campo de Mayo el Presidente habló de la importancia de modificaciones en el área para adaptarse a los que llamó “desafíos y amenazas” del siglo XXI, como el narcotráfico y el terrorismo internacional. Esto incluye la actuación de las fuerzas militares en seguridad interior y su participación “en la custodia y protección de objetivos estratégicos”.
Entre los cambios más relevantes al decreto 727/06 de Defensa Nacional la nueva resolución determina en su artículo 1º que las Fuerzas Armadas “serán empleadas en forma disuasiva o efectiva” en “agresiones de origen externo”, aunque ya no menciona la participación necesaria de “fuerzas armadas pertenecientes a otro/s Estados/s”, modificación similar al artículo 23.
Además determina que estos cambios no impactan en “lo dispuesto en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior y en la Ley Nº 24.948 de Reestructuración de las Fuerzas Armadas, en lo concerniente a los escenarios en los que se prevé el empleo del instrumento militar y a las disposiciones que definen el alcance de dicha intervención en Operaciones de Apoyo a la Seguridad Interior”.
Macri además derogó el decreto 1691/06 firmado por Néstor Kirchner, que prohibía que los militares actuaran en seguridad interior.
También hay variaciones en el artículo 3º, que originalmente planteaba la prohibición de “hipótesis, supuestos y/o situaciones pertenecientes al ámbito de la seguridad interior” para “la planificación, adiestramiento y la formulación doctrinaria” del Sistema de Defensa Nacional.
Este ítem es reemplazado por una serie de operaciones en las que desde ahora podrán actuar las Fuerzas Armadas: “Operaciones en Defensa de los intereses vitales de la Nación; Operaciones dispuestas en el Marco de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (O.N.U.) u otros organismos internacionales; Operaciones encuadradas en la Ley Nº 24.059 y Operaciones en Apoyo a la Comunidad Nacional e Internacional”.
Además introduce el artículo 24bis, que establece que el Sistema de Defensa Nacional “ejercerá la custodia de objetivos estratégicos”, que hasta el momento no fueron especificados. El ministro de Defensa Oscar Aguad aclaró que los militares no combatirán el delito en las calles, tarea que seguirá a cargo de las fuerzas policiales.
Fuente: El Tribuno