Con Salta como una de las provincias de mayor tasa de femicidios en el país, el Poder Judicial decidió confeccionar su propio registro provincial de los mismos y los números no coinciden con los que dio a conocer la Corte Suprema de Justicia de la Nación, meses atrás.
La Corte nacional había advertido que no pudo obtener toda la información que solicitó en Salta, dado que sólo accedió a datos de 11 de los 19 femicidios oficialmente informados a la Oficina de la Mujer de la CSJN.
La explicación de esta diferencia de números la dio la jueza de la Corte provincial, Sandra Bonari: “La Corte Suprema se basó en 19 casos informados por el Ministerio Público Fiscal, nosotros tenemos 11 que son las causas judiciales porque hay hechos que no son femicidios, ya que hay casos que tuvieron sentencia por homicidio simple, por ejemplo”.
Existen casos que fueron conocidos por los medios de comunicación como femicidios pero que no fueron tales para el fiscal, quien interprete que se haya tratado de un homicidio culposo, un suicidio o un homicidio simple en ocasión de robo. Incluso si el oficial del Ministerio Público considera que no hubo delito, ni si quiera radica denuncia y el casi jamás llega a instancias judiciales.
Por otro lado, están registrados casos como el homicidio de Jimena Salas y el caso en el que fue condenado Franco Gaspar Cinco. Sin embargo, ninguno de los dos son considerados femicidio: el crimen de Salas aún no tiene imputados, el fiscal no hizo denuncia por femicidio mientras se sigue investigando; en el caso del envenenamiento de Alejandra Párraga y su hijo con cianuro, la justicia condenó a Gaspar Cinco por homicidio calificado pero no por femicidio.
“En el listado hay casos que no son femicidios para la justicia salteña, más allá de que para Nación el caso de Gaspar Cinco sí lo haya sido”, aclaró la jueza de la Corte provincial y agregó que para que un homicidio sea considerado femicidio tiene que encajar en la figura prevista por los incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal.
Dicho artículo condena con reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género (inciso 11) o con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación (inciso 12), ambos incorporados por ley en 2012.
Origen y seguimiento
El nuevo registro provincial, que puede encontrarse en el sitio web del Poder Judicial, surge fundamentalmente de casos que salen en los medios de comunicación pero también incluye denuncias fiscales. “Seguimos todos los brazos por donde pueden conocerse hechos violentos”, señaló Bonari a LA GACETA.
Además, contiene una serie de datos que apuntan a su análisis comparativo y a la pretensión de que hacer un seguimiento de los mismos.
Bonari ratificó que una de las principales fuentes de las que se nutre el registro es la prensa por los hechos violentos que dan a conocer como presuntos femicidios. Además se agrega el estado de la investigación de la fiscalía y también la situación judicial de la causa si es que se formalizó una denuncia.
Una última columna en la que se informa cual fue el más reciente movimiento judicial de modo que eso se va actualizando periódicamente y permite el seguimiento de la causa.
Fuente: La Gaceta