Para el juez, unos quince guardias lo habrían golpeado en el piso a rodillazos y patadas en la boca del estómago, pulmones y riñones; le dieron rodillazos en el ojo; le apretaron los testículos y le hicieron una “llave” para asfixiarlo.
El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Sebastián Fucho hizo lugar a un recurso de Habeas Corpus interpuesto por el padre de un interno de la Unidad Carcelaria 2 de Metán; dispuso que el interno sea reintegrado a su pabellón y a sus tareas; también ordenó medidas sobre su salud y comunicó al director General del Servicio Penitenciario de Metán la conducta desplegada por el personal penitenciario.
Todo esto surge porque el juez constató que un interno fue golpeado y después se le negó la atención médica.
Al hacer lugar al recurso de Habeas Corpus presentado por el padre de un interno, el juez dispuso que el hombre sea reintegrado al Pabellón E y a las tareas en la cocina de la Unidad Carcelaria 2; ordenó que el personal penitenciario haga comparecer de inmediato al interno al hospital local, para ser revisado por oculista, traumatólogo y neurólogo; y aclaró que en caso de no contar con dichas especialidades en Metán, se haga en un hospital de la capital provincial.
Además, comunicó al director general del Servicio Penitenciario de la Provincia la conducta desarrollada por el personal del servicio penitenciario de Metán, por surgir a prima facie responsabilidad administrativa y penal, y en consecuencia, correr vista al fiscal penal en turno. Por otra parte, Fucho citó al director de la Unidad Carcelaria 2 a prestar declaración.
El magistrado dijo en su resolución que aunque el interno se encuentra privado de su libertad “las condiciones de encierro han sido agravadas de manera arbitraria e ilegal por un grupo de personas del Servicio Penitenciario…y que aunque el régimen establece sanciones en celdas de castigo, no se justifica de ninguna manera la violencia física”. También dijo que “surgen de manera irrefutable lesiones que no tienen justificación alguna y que los testigos certificaron que las produjeron agentes penitenciarios”. Además, señaló el juez la “conducta omisiva del director de la Unidad Carcelaria 2, “ya que cuando se le otorgó un plazo para contestar el informe; lo violó expresamente, agravando más la situación del hombre y mostrando un total desinterés en el cumplimiento de una orden judicial”.
Según consta en el habeas corpus, el padre del recluso fue a visitarlo, lo encontró mal de salud, con la mano izquierda enyesada y le contó que personal penitenciario lo golpeó “en forma salvaje”. Fue llevado desnudo a la celda denominada “chancho”, donde solo hay un colchón en el piso.
En la causa figura que un agente penitenciario en aparente estado de ebriedad, habría provocado al interno en la cocina; lo amenazó e instigó a reaccionar al decirle que no se hiciera “el canchero, que la pasaría mal y le haría sacar el aire”. Luego, al detenido le informaron que había sido sancionado por faltar el respeto al celador; le sacaron la ropa y lo mandaron al “chancho”. Posteriormente, cuando fue a hacer su descargo, otros penitenciarios lo minimizaron y uno lo acusó de murmurar insultos. Inmediatamente fue llevado otra vez al “chancho”, donde unos quince penitenciarios lo habrían golpeado en el piso a rodillazos y patadas en la boca del estómago; pulmones y riñones; le dieron rodillazos en el ojo; le apretaron los testículos y le hicieron una “llave” para asfixiarlo. Entonces, fue arrojado desnudo nuevamente al calabozo. El relato fue confirmado por cuatro internos citados como testigos por el juez. Todos manifestaron temor a represalias y dijeron que los castigos son frecuentes, además de mencionar que los penitenciarios golpean a los internos con pasamontañas puesto; con guantes para no dejar marcas y les tapan la boca para evitar que se escuchen los gritos.
En la causa también consta que un primer certificado médico constató lesiones y hematomas en párpado y pómulo izquierdo; golpes en la cabeza y lesiones en las muñecas. Al día siguiente fue llevado al hospital por los dolores persistentes. Le aplicaron una inyección y al volver por segunda vez al nosocomio, fue enyesado por supuestas lesiones en tendones. Al día siguiente volvió al hospital, por tercera vez y por dolores. En ese marco, el interno se negó a firmar un descargo del penitenciario que inició el conflicto; porque el agente dijo que él se autolesionó y no que fue sometido. Además, el primer parte médico fue negado y la unidad carcelaria informó que el hombre se autolesionó.