La Legislatura deberá aprobar el convenio para la asistencia financiera por 2.100 millones de pesos que recibirá Salta en función del acuerdo que rubricó el Gobierno de la provincia con el Estado nacional en el marco del Programa para la Emergencia Financiera Provincial.
El proyecto de ley, a través del cual se autorizará al Ejecutivo provincial a contraer el endeudamiento, fue enviado por el gobernador Gustavo Sáenz en la tarde de ayer a la Cámara de Diputados.
En el contenido del acuerdo, al que El Tribuno accedió, se señala que la tasa de interés aplicable será del 0,10% nominal anual y que el capital del préstamo será ajustado desde el desembolso conforme al CER correspondiente al período transcurrido entre la fecha de cada desembolso y la fecha de cada vencimiento.
A través de la cláusula octava, la provincia se compromete a no emitir títulos públicos de circulación como “cuasi moneda” y en caso de incumplimiento se procederá a la cancelación del programa.
La iniciativa fue puesta en conocimiento de todos los miembros de la Cámara baja, comenzó a ser analizada por los titulares de los bloques políticos y no se descarta que sea tratada sobre tablas en la sesión virtual de mañana.
El acuerdo fue formalizado el pasado jueves por el gobernador Sáenz en un acto que se realizó a través de modalidad virtual con la presencia del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.
Los recursos serán destinados para atenuar la caída de la recaudación, que sufren todas las jurisdicciones del país, y a fortalecer la capacidad de respuesta de la provincia de Salta ante la pandemia generada por el COVID-19.
El artículo primero del proyecto señala: apruébase el Convenio de Asistencia Financiera Programa para la Emergencia Financiera Provincial, firmado entre el Estado nacional, representado por el ministro de Economía, Martín Guzmán, la Provincia de Salta, representada por el gobernador, Gustavo Saénz y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, representado por su directora ejecutiva, Claudia Graciela Álvarez.
Por el artículo segundo se autorizará al Poder Ejecutivo salteño a contraer el endeudamiento en el marco del citado convenio
También se autorizará al Poder Ejecutivo a afectar la participación provincial en el Régimen de Coparticipación de Impuestos, que se estableció en la cláusula décima del convenio, hasta el monto total del préstamo con más sus intereses y gastos para la plena ejecución del mismo.
Además, autorizará al Estado nacional a retener automáticamente del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, los importes necesarios para la ejecución del convenio, a partir de los diez días hábiles anteriores a cada vencimiento.