Las cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia sancionaron con fuerza de ley todo lo referido a información e intervención quirúrgica con cobertura al 100 por ciento para la realización de la ligadura de trompas en mujeres y vasectomía en hombres, como método anticonceptivo.
Se garantiza la implementación, difusión e información de los métodos quirúrgicos de ligadura de trompas de falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía, regulados en la Ley Nacional 26.130, en el marco de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 7.311 "Ley sobre sexualidad responsable".
Se implementa además una campaña anual de difusión e información sobre la naturaleza, implicancias, consentimiento informado, cobertura, y procedimiento de las intervenciones de contracepción, a través de medios de comunicación, y en especial en establecimientos de salud de atención primaria de la provincia de Salta.
El artículo tercero establece que el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) y los efectores de salud de la Provincia deben garantizar la cobertura integral de las intervenciones de contracepción quirúrgica previstas en el artículo 1°.
Los profesionales deberán informar debidamente los riesgos e implicancias a los pacientes. Además se considera que, sin perjuicio de la objeción de conciencia, el Ministerio de Salud deberá disponer el reemplazo inmediato para la efectiva provisión de las prestaciones mencionadas.