Desde que el intendente Gustavo Sáenz presentó la Ordenanza “pirotecnia cero” sectores a favor y en contra se hicieron escuchar. Los comerciantes de este sector consideraron “abusiva” y “inconsulta” a la medida, mientras que proteccionistas de animales y padres de niños con autismo la celebraron.
La iniciativa Ad referéndum, que ya fue publicada en el Boletín Oficial y empezará a implementarse desde los próximos días, prohíbe en la ciudad de Salta “la tenencia, uso, detonación y/o comercialización y/o venta al público mayorista o minorista, de todo artificio de pirotecnia que provoque sonoridad” y deja excluidos de esto a “los artificios pirotécnicos para señales de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las Fuerzas Armadas, de seguridad y/o Defensa Civil”.
Ante esta nueva normativa en el municipio, Luis Monterichel habló del perjuicio que generará en este rubro comercial y destacó que una gran cantidad de personas podrían quedar sin su fuente de trabajo.
Pero los dichos del reconocido comerciante fueron más allá y calificó de “inconstitucional” el proyecto del Intendente. “Nosotros respetamos todas las posiciones, pero para eso existe el diálogo, el consenso y hoy toda prohibición es mala. Tenemos que lograr un equilibrio y gobernar para todos, que es lo principal”, sostuvo Monterichel en Fm Vos y agregó que detrás de esto hay un aprovechamiento político del tema.
Lucas Iñigo, presidente de Protectoras de Animales de Salta, celebró la medida y destacó que este pedido era un reclamo que desde hace años solicitaban los grupos proteccionistas. Además remarcó que con este impulso, ahora se buscará la aprobación de una ley provincial.
Desde la asociación de Padres TEA, destacaron que esta prohibición resulta beneficiosa para todas las personas que sufren trastornos del espectro autista. “Nosotros tratamos de generar conciencia durante años. Cada vez se fue hablando más del autismo y de los inconvenientes que causa la pirotecnia en las familias donde algún miembro sufre esto”.
Sanciones millonarias
Entre los cambios que plantea esta Ordenanza se estipulan graves sanciones económicas para quienes incumplan la normativa. En el artículo 68 se detallan sanciones que van de las 1.000 a 10.000 Unidades Tributarias (UT). Esto quiere decir de 9.950 a 99.500 pesos y la clausura del local.
La venta callejera de cohetes, en tanto, será sancionada con el decomiso y la posterior quema de los mismos y una multa de 1.000 a 2.000 UT o sea 9.950 y 19.900 pesos.