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Tapado de deudas, norteño puso en venta sus riñones: "No puedo salir a robar"

Tapado de deudas, norteño puso en venta sus riñones: "No puedo salir a robar"

Un apartado de la Ley Justina, sobre donación de órganos, lo dejaría sin posibilidades de concretar la transacción.

La situación económica tiene entre las cuerdas a miles de argentinos y, ante esa realidad, hace que muchos tomen medida extremas. Como el caso de un norteño que decidió poner en venta sus riñones para poder saldar las deudas que tiene. Un apartado de la ley Justina le trajo malas noticias para sus intenciones. 

"Tengo una familia que mantener y no puedo salir a robar", dijo a modo de justificativo, el hombre que tiene título de perito mercantil y que asegura que no puede conseguir trabajo.

El desesperado vecino comentó que tiene dos hijos a quienes no quiere "que les falte nada", motivo por el cual tomó esta decisión.

"Todos creen que cuando una persona tiene más de 50 años no tiene buena salud ni estado físico. Tengo una familia que mantener y no puedo salir a robar. El dinero que busco obtener con la venta de un riñón, me va a servir para poner un negocio, poder trabajar y llevar el sustento a los míos", sostuvo.

Contó que su decisión es fruto de un proceso que comenzó cuando supo de la cirugía a la que se había sometido el periodista Jorge Lanata en 2015, quien necesitaba un riñón. Esta intervención, además de tratarse de un trasplante cruzado, fue una operación en una persona sana que donó a alguien que estaba en lista de espera, en este caso Lanata.

 

Lo que establece la norma legal actualmente en vigencia

El artículo 40, en su apartado de "Prohibiciones" de la Ley Nº 27.447, expresa textualmente:

"Queda prohibida la realización de todo tipo de extracción en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se haya dado cumplimiento a los requisitos y previsiones de la presente ley.

b) Cuando pretenda practicarse sobre el cadáver de una mujer en edad gestacional, sin que se hubiere verificado previamente la inexistencia del embarazo en curso.

c) Cuando el profesional interviniente sea quien haya atendido y tratado al fallecido durante su última enfermedad o sean quienes diagnosticaren su muerte.

d) Cuando no se respeten los principios de voluntariedad, altruismo o gratuidad'.

"Asimismo quedan prohibidos: Toda contraprestación u otro beneficio por la donación de órganos, tejidos o células o intermediación con fines de lucro y la realización de cualquier actividad, vinculada a esta ley sin respetar el principio de confidencialidad", dice la norma conocida como "Ley Justina", en otro apartado del artículo.

Fuente de la Información: Que Pasa Salta



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